Con el eslogan “Prima Filiorum”, comenzamos con la 8º Convocatoria del Experto Universitario en Coordinación de Parentalidad, de EDAE- Escuela Española de Mediación y Resolución de Conflictos Un curso que ya tiene todas las plazas para la formación por videoconferencia cubiertas. En esta edición contamos mayoritariamente con un perfil de profesionales, mayores de 30 años, empleados. El 41% proceden del mundo del Derecho; 31,73 % de Trabajo Social y 27,27% son Psicólogos; un incremento del 15% en el sector de los abogados que muestra claramente el interés de esta figura en los juzgados de familia.
Cabe de destacar que la parte psicológica del Experto, es lo más apreciado y los participantes y profesionales que saben de este postgrado, remarcan que esta formación es de mucha calidad, por ello nuestro agradecimiento a quienes confían en este postgrado universitario que se caracteriza por:
1º Cumplimiento en tiempo y forma de la entrega de Diplomas, Certificados y Títulos Universitarios y Propios.
2º Una formación de calidad, ya que nuestra entidad con más de 25 años de experiencia cuenta con los certificados de Madrid Excelente. Un sello que recoge nuestro compromiso y trabajo en atención a los alumnos y nuestro compromiso a la hora de canalizar sugerencias, reclamaciones y mejoras para el desarrollo futuro del Experto. Así mismo, estamos certificados por la ISO 9001, para impartir formación por videoconferencias.
3º La única entidad que organiza “Encuentros Profesionales en Coordinación de Parentalidad”, una plataforma y altavoz, para situar esta especialización en lo más alto. Ya estamos organizando el 6º Encuentro con la Temática: Jueces y Judicatura Apostando por la Coordinación de Parentalidad en Beneficio de los Hijos/as. Contaremos con la participación de los mejores especialistas. Todos nuestro alumnos/as tienen acceso gratuito.
4º Un equipo de más de 20 profesores/as; tutores/as y coordinadoras académicas, que se ponen al servicio de los participantes con el fin de que su compromiso a favor de ayudar a las familias se vea recompensado con una formación práctica.
5º Por medio de nuestro diario digital www.diariodemediacion.es, difundimos y promovemos todo lo relacionado con el mundo de la mediación .Hemos editado más de 40 videos de libre acceso para universidades y centros de enseñanza superior de España y Latinoamérica.
6º Nuestra Escuela de Postgrado forma parte del FECPA Fórum Estatal de la Coordinación de la Parentalidad, que organiza encuentros con el fin de avanzar en la implantación de la figura del coordinador en España, a través de argumentos científicos y argumentación adecuada. Compartimos con la FECPA, la necesidad de trabajar en la divulgación de la Coordinación de Parentalidad y articular una formación mínima de 300 horas certificadas por Centros de Excelencia y Universitarios.
LA FIGURA DEL COORDINADOR DE PARENTALIDAD
- La coordinación de parentalidad nació en los Estados Unidos hace apenas dos décadas, debe su origen a un singular fenómeno social de aumento en los divorcios con hijos pequeños.
- Los progenitores solicitaban cada vez más la guarda compartida, aumentando así las disputas que se resolvían por la vía judicial, quedando los juzgados desbordados. Estas sentencias judiciales no resolvían las disputas planteadas y las intervenciones tradicionales como: terapia familiar, mediación, gestión de conflictos, etc.
- Surgiendo de esta manera la figura del Coordinador de Parentalidad para dar respuesta a todas las necesidades de estas familias fuera de los juzgados, como un instrumento más, que los jueces pueden utilizar para el cumplimiento de las resoluciones judiciales.
- Figura de apoyo a la ejecución de la sentencia que acompañará y asistirá a los progenitores con el fin de ayudarlos a implementar su plan de parentalidad, resolver diferencias y orientarlos en relación con las necesidades de sus hijos. Así pues, el coordinador podrá tomar decisiones que modifiquen temporalmente cuestiones de la vida cotidiana que no afecten a la sentencia.
- Así, existe amparo legal en la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor (estatal), reflejado en el artículo 236-3 del Código Civil de Cataluña, donde se recoge que la autoridad judicial puede disponer la designación de un profesional, que intervenga en casos conflictivos con el fin de evitar perjuicios a los hijos menores, que se encuentren inmersos en disputas, tensiones, conflicto de lealtades e intransigencias derivadas de la ruptura de sus progenitores.
- El Coordinador de Parentalidad tiene una función de protección de los hijos, asistiendo a los padres en conflicto permanente y a fin de minimizar, o, en la medida de lo posible, conseguir que desaparezcan las disputas.
- El Coordinador Parental y el juez procederán al estudio de la situación, para conocer si realmente las partes, están poniendo todos los medios a su alcance.
Si estás interesado/a en inscribirte en la 9º Convocatoria, entra en www.parental.es o solicita una entrevista con la Directora Dña. Carmen Capilla en el teléfono: 914020061