¿Debe el abogado “alentar” la pelea o “apaciguar” a las partes? ¿Ninguna de las dos cosas? El Estado y la Mediación.
Todos los animales reaccionan ante cualquier conflicto con dos tipos de comportamiento: o bien luchar, o bien huir. Cabe, quizás, un comportamiento previo o intermedio, como sería la paralización previa a la huída o a la pelea que se observa en muchos seres vivos.
El hombre no es una excepción en el mundo animal y, por ello, ante cualquier conflicto, un ser humano o bien elude la discusión, o bien reacciona con confrontación, generándose así, y en ambos casos, un conflicto. En el primer supuesto, tal conflicto será interno, pues no cabe duda que la “huída” implica que la emocionalidad derivada de aceptar un injusto se incremente en la persona que decide “callar” ante el mismo.
Esto es aplicable tanto si hablamos de conflictos familiares, sucesorios u otros propios de una persona física, como si nos referimos a conflictos que afecten a corporaciones o empresas, pues en ambos son las mentes de seres humanos las que optan por una u otra salida de acuerdo con su “mapa emocional”, emocionalidad que es sin duda el gran escollo en la resolución extrajudicial de cualquier problema.
¿Dónde queda entonces la tercera salida consistente en sentarse a negociar? La mediación, como facilitación de un proceso de negociación de las partes, no parece ser una respuesta que nuestro “ADN” lleve implícita. ¿Quién debe potenciar e incentivar, por tanto, que esta “tercera salida” ajena a nuestro natural comportamiento cobre protagonismo? ¿El Estado? ¿Los abogados?
Los abogados como primeros receptores del conflicto generado, estamos acostumbrados a ver esa “emocionalidad” inicial que muchas veces se esconde en un asunto y que constituye la fuerza motriz del pleito. Ahora bien, ¿debe el abogado disuadir a su cliente de iniciar un proceso judicial, enfrentándole a la posibilidad de mediar? ¿Debe alentarle e interponer acciones lo más agresivas posibles, como el cliente puede estar pidiendo? Cualquier respuesta que no analice el caso en cuestión podría estar equivocada, pero honradamente creo que ningún cliente busca el derecho como un fin en sí mismo, sino como medio para obtener un resultado: solucionar su problema. El mejor abogado, por ello, será el que consiga de una forma óptima la solución al problema de base para su cliente y esto, en mi experiencia de los casi últimos 25 años, se encuentra más a menudo en la negociación y el acuerdo.
¿Y la responsabilidad del Estado en garantizar la paz social? Si tan solo se mediaran un 20% de los conflictos que, hoy por hoy, se “resuelven” en Juzgados, ¿cómo cambiaría nuestra sociedad o la propia Administración de Justicia? No quiero decir con ello que la solución de acudir a un Tribunal deba ser desechada, pues es del todo legítimo que el Estado garantice el derecho a ser tutelados por un Juez, máxime en asuntos no disponibles para las partes, pues de lo contrario volveríamos a una “ley del talión”. Pero, del mismo modo, un intento de mediación obligatoria, o la imposición de costas a quienes desatiendan tal mecanismo, quizás no atente contra ese derecho a la tutela judicial efectiva y sirva para compensar lo que nuestra naturaleza animal conlleva.
Javier González Espadas Abogado y mediador. Docente y articulista. Fundador del Centro Europeo de Mediación (CEMED). Fundador del Espacio de Solución de Conflictos.