La Patria Potestad y la Custodia son dos conceptos jurídicos que acompañan a las familias, cuyos progenitores han decidido romper su relación de pareja
Las parejas que deciden formar una familia y tener hijos, quedan unidos, o por lo menos coordinados, que no juntos, para toda la vida. Es aquí, cuando entran en juego la Patria Potestad y la Custodia.
Padres y Madres que creéis que vuestra relación de pareja hace mucho tiempo que no funciona. Aquellos que os encontráis inmersos en un proceso de ruptura. Sabed que los derechos y obligaciones que como padres adquiristeis el día que nacieron vuestros hijos siguen intactos hasta que dejen de depender de vosotros, cuando alcancen la mayoría de edad.
Ante un divorcio, la familia no se rompe, se transforma
Los progenitores que deciden separarse tienen el derecho de educar, asistir, acompañar y estar presentes en en aquellas decisiones inherentes al desarrollo social, educativo, emocional y psicológico de sus hijos, amen por supuesto de todas aquellas decisiones que afecten a su salud. Para ello, nuestro ordenamiento jurídico establece en el art. 154 Código Civil la Patria Potestad como:
«el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres sobre sus hijos menores, y que en caso de separación o divorcio, las decisiones que afecten a los hijos en estas cuestiones deberán ser tomadas de forma conjunta. La patria potestad, salvo raras excepciones que explicaremos en otro post, es compartida siempre.»
Sin embargo, la Guarda y Custodia hace referencia a aquel conjunto de funciones más bien de carácter “doméstico”, que implican los cuidados básicos y de rutina de los menores. Por ejemplo, llevarles al colegio, recogerlos, estar pendientes de sus hábitos de aseo, comida y sueño, en definitiva, labores de vigilancia y cuidado de los hijos en el desarrollo diario de sus rutinas. Estas labores o funciones parentales pueden ser ejercidas de forma exclusiva por uno de los progenitores, o bien de forma compartida.
A menudo me preguntan cuál es la mejor custodia, y no existe una respuesta única para todos. La mejor custodia será aquella que decidan los propios progenitores, siempre teniendo en cuenta el bienestar de los hijos menores.
Por eso, si os encontráis en un proceso de ruptura con vuestra pareja y tenéis hijos, acudid siempre a Mediación como forma de resolver los conflictos de vuestra familia al margen de largos y tediosos procesos judiciales.
Carmen Capilla Rodríguez @Capillacarmen
Abogada y Mediadora. Licenciada en Derecho. Máster en Práctica Jurídica de Derecho. Mediadora Familiar por la UNAF De 240 horas” la judialización de los asuntos de familia”. Curso de coordinación parental impartido por la UNAF. Experta en Mediación Civil y Mercantil postgrado de Aranzadi 250h.